La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló este miércoles a favor del senador Ricardo Monreal Ávila en la disputa legal que mantenía contra la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, por la difusión de conversaciones privadas a través del programa Martes del Jaguar.
Por unanimidad, la Primera Sala del máximo tribunal del país resolvió que las expresiones de Sansores, en las que dio a conocer presuntas conversaciones entre Monreal y el dirigente priista Alejandro Alito Moreno, no están protegidas por el derecho a la libertad de expresión.

Esto al haberse difundido “datos posiblemente obtenidos de forma ilícita, descontextualizados y contrarios al deber de objetividad”, como señala el proyecto de resolución elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat.
SCJN ampara a Monreal en caso Layda Sansores
El fallo ordena que la mandataria campechana elimine de todas las redes sociales y plataformas digitales el contenido en el que presentó dichas conversaciones, en las que se sugerían presuntas maniobras para influir en el sistema judicial y favorecer políticamente a David Monreal, hermano del senador morenista, en su camino a la gubernatura de Zacatecas.

“EL CONTENIDO DEBE RETIRARSE, PERO NO SE IMPONE UNA CENSURA PREVIA”, ACLARÓ EL PROYECTO APROBADO.
Esto significa que si bien Sansores deberá eliminar el material ya publicado, no se le prohíbe emitir futuras declaraciones, siempre que cumplan con los criterios constitucionales de veracidad y respeto a derechos fundamentales.
¿Qué pasó entre Ricardo Monreal y Layda Sansores?
El conflicto se originó en octubre de 2022, cuando durante una emisión de su programa semanal Martes del Jaguar, transmitido a través de canales oficiales del gobierno de Campeche, Layda Sansores divulgó una serie de audios y mensajes atribuidos a diversos personajes de la vida política nacional, incluyendo a Monreal Ávila.

Tras la difusión, el senador interpuso una demanda alegando daño moral, violación a su derecho a la privacidad y afectaciones a su honor, lo que llevó el caso hasta el Poder Judicial de la Federación y, finalmente, a la SCJN.

En su análisis, la ministra Ríos Farjat consideró que Sansores actuó en su calidad de servidora pública y que su conducta debía ajustarse a estándares constitucionales de objetividad y veracidad.
El fallo, sin embargo, dejó intacto su derecho a la libertad de expresión futura, siempre que se ejerza dentro del marco legal.