SAT: Tienes hasta el 31 de enero para decidir si quedarte en el RIF o avisar si cambias a RESICO
¿Estás dado de alta en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y no te quieres cambiar? Es relevante considerar que debes notificar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) antes del 31 de enero para presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.
En ese sentido, a través de esa puedes optar por continuar en dicho régimen, o bien, en su caso realizar la actualización del régimen según el tipo de ingresos que percibas.
¿Cómo presentar el aviso en el SAT?
Deberás ingresar al sitio del SAT , después deberás seleccionar “personas”, en seguida hacer click en “trámites RFC”, y posteriormente, presionarás “ver más”.
Dentro del apartado de “actualización RFC” tendrás que presionar la opción de “presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, luego se mostrará la información del aviso, por lo que harás click en “iniciar”.
Necesitarás escribir tu RFC, la contraseña y el Captcha, igual se puede ingresar con tu e.firma vigente. Después de este proceso se abrirá el campo de “Datos del representante legal”, en caso de tener uno, presenta el registro, de lo contrario, lo puedes dejar el blanco y proceder al siguiente paso.
Tienes que ingresar la fecha del movimiento y continuas. Luego de muestra la “declaración de permanencia en el RIF”, dónde te preguntan si optas por seguir pagando tus impuestos en el RIF (si quieres continuar en ese régimen, deberás seleccionar que sí, de lo contrario, pon que no lo deseas), después le das en continuar.
Al final te arrojará un mensaje de que tu trámite ha finalizado y se mostrará el folio de dicha diligencia. Se sugiere anotarlo y guardarlo en un lugar seguro, pues posteriormente te podría servir para reimprimir el acuse del aviso de actualización desde el portal del SAT. Además, se mostrará el acuse de movimientos de situación fiscal, ahí se observa si elegiste continuar con ese esquema.
Aunque es preciso decir que con ese aviso no se realiza modificación alguna de tus características fiscales.
¿Qué hacer si no deseo seguir en el RIF?
Deberás seguir los pasos previamente mencionados hasta visualizar el apartado que dice “Declaración de permanencia en el RIF” con la pregunta de si optas continuar en el RIF o no, seleccionarás la de “no, prefiero optar por otro régimen”, y luego le darás en “continuar”.
Después pondrás la fecha del movimiento y continuarás. Ahí podrás seleccionar el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y añadir la actividad a la que te dediques. Por ejemplo, está la opción de “realizas actividades empresariales (entre otras, comerciales, industriales o de servicios). Ahí se desplazará un mensaje informativo con los requisitos que debes tener.
Los regímenes a los que se pueden cambiar, según las disposiciones, serían el de personas físicas y morales general, o el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico), el cual sustituye al RIF a partir de 2022, para personas morales con ingresos anuales menores a los 35 millones de pesos, y para personas físicas con ingresos menores a los 3.5 millones de pesos anuales.
Recuerda ubicar el grupo de actividad económica al que perteneces, puede ser más de una, luego continúa con los siguientes pasos.
Al finalizar la captura de tu información, se arrojarán todas tus obligaciones como contribuyente.