BBVA Y SAT CÓMPLICES EN ROBAR DEVOLUCIONES DE IMPUESTOS

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó del robo de la devolución de impuestos a contribuyentes por medio de la apertura de cuentas bancarias distintas a las que ya tiene registradas.
 
Se presume que los datos del contribuyente, fueron utilizados para crear una nueva cuenta bancaria sin su autorización, señaló el SAT.
 
Detectó que defraudadores han estado utilizando a instituciones como BBVA,y AFIRME para abrir cuentas y poder obtener el saldo a favor de otros contribuyentes.

Esto después de que, durante los primeros días de la declaración anual para personas físicas, es decir del mes de abril, recibió un número considerable de quejas por parte de contribuyentes.
 
Las quejas son por el robo y utilización de la Contraseña o e.firma por terceras personas cuando presentan su declaración anual, con la finalidad de solicitar la devolución de los saldos a favor del impuesto sobre la renta (ISR).
 
De ahí que reiteró el llamado a los contribuyentes para cuidar los medios de autenticación, como la Contraseña o firma electrónica, durante la Declaración Anual 2021 de personas físicas.

“El SAT invita a los contribuyentes a no compartir con terceras personas sus medios de autenticación como son la Contraseña o los archivos de su firma electrónica (e.firma). Ambos medios de autentificación producen los mismos efectos legales que la firma autógrafa con igual valor probatorio”, enfatizó.

¿Qué hacer?

A los que ya fueron sorprendidos, pidió que presentar su queja o denuncia en: 558 852 2222. Desde el extranjero: +52 558 852 2222 (Quejas y denuncias) o enviando un correo a la dirección electrónica: denuncias@sat.gob.mx
 
En el Portal del SAT: https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia; en los Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT.
 
Pueden generar o renovar su Contraseña en – Otros trámites y servicios – Portal de trámites y servicios – SAT. Renovar el certificado de su firma electrónica – Otros trámites y servicios – Portal de trámites y servicios – SAT.

 
Los contribuyentes afectados pueden presentar su declaración complementaria a más tardar 48 horas después de que hayan enviado la primera declaración, a fin de que el SAT esté en posibilidad de detener la transferencia de la devolución a la cuenta desconocida, ya que una vez enviada la instrucción al banco, será irreversible el traspaso.
 
Esta declaración complementaria tiene que ser del tipo “Dejar sin efecto declaración” y posteriormente presentar una declaración complementaria de tipo “Declaración no presentada”, así como su trámite de devolución vía el Formato Electrónico de Devoluciones.
 
Pero en caso de que la devolución ya haya sido efectuada, el contribuyente debe presentar la denuncia correspondiente ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), dado que solo se pudo haber efectuado la devolución automática si el nombre del titular de la cuenta coincide con el nombre del contribuyente, por lo cual, se presume que sus datos fueron utilizados para crear una cuenta bancaria sin su autorización.

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